En Desguaces Plaza desde hace años seguimos una política medioambiental comprometida con el cuidado del entorno y la prevención de la contaminación. Con esta filosofía nuestras actuaciones siempre cumplen con las normativas vigentes y desde abril seguimos la nueva normativa para los vehículos al final de su vida que se publicó el 14 de abril en el Boletín Oficial del Estado.
Novedades de la nueva normativa para vehículos al final de su vida
El 14 de abril de este año se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil con el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Esta nueva norma es la que establece el marco normativo que deben seguir los CAT, Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos.
Entre las principales novedades que recoge la nueva normativa para vehículos al final de su vida está la diferencia entre vehículo y automóvil. Según el Real Decreto un vehículo es cualquier medio de transporte autopropulsado que pueda matricularse ante la Dirección General de Tráfico. El término automóvil se reserva para aquellos vehículos afectados por la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000.
De esta manera, la norma diferencia los preceptos que se aplican a todos los vehículos de aquellos que afectan únicamente a los automóviles.
Prevención y gestión de residuos
Otro de los aspectos clave que recoge la nueva normativa para los vehículos al final de su vida es la prevención y gestión de residuos.
En el capítulo II se encuentran las obligaciones relativas a la prevención de residuos y a la puesta en el mercado de automóviles. Y en el capítulo III están las obligaciones relacionadas con la gestión de los residuos generados por los vehículos.
En este apartado también se remarca la importancia de que la retirada y gestión de estos residuos se haga de manera correcta y siguiendo los protocolos de protección, con el objetivo de preservar y cuidar la salud de los profesionales durante la operación de descontaminación. Con esta idea también se incluye una previsión de capacitación para los trabajadores del CAT encargados de los vehículos eléctricos e híbridos.
Fomento de la reutilización en la nueva normativa para vehículos al final de su vida
Cabe destacar también que el nuevo Real Decreto pone especial atención en el fomento de la reutilización, el reciclado y la valoración de los vehículos que llegan al final de su vida útil.
Asimismo, la norma regula las obligaciones en el ámbito de la responsabilidad ampliada del productor. En el capítulo VI se recogen las obligaciones de información para los operadores y se especifica el contenido de las memorias anuales.
Se detalla también cómo deben ser los informes anuales sobre la puesta en el mercado de automóviles, sobre los residuos generados, recogidos y tratados y cómo se ha llevado a cabo la organización, el funcionamiento y la financiación del sistema. Estos informes deben incluir también los acuerdos que se hayan suscrito con otros agentes económicos.
A estas obligaciones de información se añaden las que tienen con las comunidades autónomas y con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Por último, hay que señalar que el capítulo VII es en el que se encuentra el régimen sancionador y su forma y aspectos de su aplicación.
Si quieres conocer con más detalle el Real Decreto, accede a través de este enlace.