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Dar de baja un coche para desguace, el papeleo necesario

Cuando un coche deja de funcionar o ya no lo necesitamos la manera de quitarlo de la circulación es dar de baja el coche para desguace. Este trámite implica necesariamente una serie de papeleos que, aunque no son complicados, pueden ser engorrosos si no sabemos qué hay que hacer. 

Para que tengas claro qué necesitas y dónde  tienes que acudir te lo contamos con detalle. 

Dónde acudir para dar de baja un coche para desguace

El lugar para dar de baja un coche es uno de los Centros Autorizados para el Tratamiento de Vehículos (CATs). Es en ellos y no en la Dirección General de Tráfico donde hay que realizar los trámites. 

En Madrid hay muchos CAT donde puede acudir, uno de ellos es Desguaces Plaza, en Collado Villalba. El motivo de que sea aquí donde hay que entregar un vehículo que ha llegado al fin de su vida es porque los desguaces son el entorno adecuado para gestionar un vehículo. 

dar de baja coche para desguace

Los equipos de mecánicos inspeccionan el coche y comprueban si se puede reparar y continuar circulando o si solo se puede aprovechar de él piezas para repuestos. El resto del vehículo se desguaza y los residuos se gestionan de manera que no dañen el medio ambiente. 

Cómo dar de baja un coche para desguace

Una vez aclarado el dónde llegamos a cómo dar de baja un coche para desguace. La tramitación de la baja definitiva para vehículos particulares necesita que se aporte la siguiente documentación:

  • DNI del titular (original y fotocopia)
  • Ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación
  • Impreso con la solicitud de baja firmado por el titular del coche

En el caso de que se quiera dar de baja un coche para desguace de una persona que ha fallecido a los documentos arriba mencionados hay que añadir el certificado de defunción y una declaración o autorización de los herederos con más las fotocopias del DNI de los herederos. 

El último de los supuestos es dar de baja un coche para desguace que pertenece a una empresa.  Además de los documentos normales hay que presentar una fotocopia con el CIF de la empresa, el DNI del apoderado o administrador y las escrituras o documentación que acredite la representación de persona jurídica.